Fiscal de menores apela el fallo de Pascual que suspendió la Ley Penal Juvenil en PBA
El fiscal Hernán Ceruti apeló el 9/9 el fallo de la jueza Marta Pascual que suspendió 60 días la Ley 27.801 en toda PBA. Pide efecto suspensivo; hay denuncias, juicios políticos y audiencia el 16/9.

El fiscal de menores Hernán Ceruti apeló el fallo de la jueza Marta Pascual que suspendió por 60 días la aplicación de la Ley 27.801 en toda la provincia de Buenos Aires. La norma, que baja la edad de imputabilidad a 14 años, entró en vigencia esta semana y fue reglamentada por el Decreto 875/2026 del 7 de septiembre.
La medida cautelar surgió en la causa 40881-HC, un hábeas corpus preventivo colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo ante el Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N°2 de Lomas de Zamora. Pascual no derogó la ley nacional: ordenó que no se aplique de forma temporal en territorio bonaerense y convocó a una audiencia para el 16 de septiembre, en la que autoridades provinciales deberán informar sobre recursos y planes de implementación.
El fiscal Hernán Ceruti apeló el 9/9 el fallo de la jueza Marta Pascual que suspendió 60 días la Ley 27.801 en toda PBA. Pide efecto suspensivo; hay denuncias, juicios políticos y audiencia el 16/9.
En su recurso del 9 de septiembre, Ceruti pidió efecto suspensivo. Sostuvo que la decisión genera un gravamen institucional grave porque, mediante un hábeas corpus, se frena una ley nacional sancionada, promulgada y vigente sin acreditar un acto concreto que afecte de modo actual o inminente la libertad de los adolescentes alcanzados por la acción.
El fiscal también afirmó que el fallo se extralimita y avasalla la labor de otro poder del Estado, al afectar la división de poderes y la forma republicana de gobierno. Cuestionó que la jueza haya proyectado a toda la provincia problemas detectados en un centro socioeducativo de Lomas de Zamora, sin un relevamiento actualizado del resto de los establecimientos.
Ceruti remarcó que la ley no impone que todos los adolescentes comprendidos queden privados de libertad, sino que contempla respuestas diferenciadas según cada caso. Para el Ministerio Público, el fallo convierte una posibilidad en una certeza. Si hay hacinamiento o centros inadecuados, dijo, la Justicia puede limitar alojamientos, ordenar obras, disponer traslados o intervenir en casos particulares, pero esas deficiencias no justifican suspender una ley nacional completa.
Otro eje del recurso apunta al orden procesal: la jueza suspendió la norma antes de la audiencia en la que los funcionarios provinciales deben aportar información. Según el fiscal, primero se tomó la medida y después se ordenó reunir las pruebas para sostenerla.
La apelación se suma a una denuncia penal de la ONG Usina de Justicia contra la magistrada por los mismos fundamentos. La organización también pidió intervenir como amicus curiae en el hábeas corpus y participar de la audiencia del 16 de septiembre.
En paralelo, hay tres pedidos de juicio político: de Alfredo Drocchi, del diputado Manuel Passaglia y del diputado Guillermo Montenegro (Pro). La Libertad Avanza, a través de Sebastián Pareja, anunció otro. Mauricio Macri calificó de “inaceptable” que una cautelar de un juzgado provincial frene una ley nacional en la jurisdicción más poblada del país y advirtió sobre el equilibrio entre poderes.

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