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Río Atuel / regalías hidroeléctricas

La Pampa lleva a la Corte el decreto que deja las regalías de Los Nihuiles solo para Mendoza

Ziliotto pidió suspender el Decreto 982/2026 que deroga el reparto de regalías vigente desde 1973. Cornejo defendió que la fuente hidroeléctrica está en Mendoza y cruzó al pampeano en redes.

"Sergio Ziliotto, gobernador de La Pampa, apeló en la Corte una medida de Milei que le recorta fondos a su provincia." (La Nación)

La pelea de décadas entre Mendoza y La Pampa por el río Atuel sumó este martes un capítulo judicial concreto. El gobernador pampeano Sergio Ziliotto presentó una medida cautelar autónoma contra el Estado Nacional para suspender los efectos del Decreto 982/2026, firmado por el presidente Javier Milei y el ministro de Economía, Luis Caputo. La norma deja sin efecto el régimen de reparto de regalías hidroeléctricas del Sistema Los Nihuiles vigente desde 1973 y dispone que la totalidad de esos recursos quede para Mendoza.

Contexto

Ziliotto pidió suspender el Decreto 982/2026 que deroga el reparto de regalías vigente desde 1973. Cornejo defendió que la fuente hidroeléctrica está en Mendoza y cruzó al pampeano en redes.

El Decreto 1560/73 reguló durante 53 años cómo se repartían las regalías entre las dos provincias. Con el nuevo esquema, Mendoza cobrará el 12% establecido como regalía hidroeléctrica sobre la energía del complejo, un porcentaje que hasta ahora se dividía en partes iguales con La Pampa. El fundamento oficial es que la fuente hidroeléctrica efectivamente aprovechada está íntegramente en territorio mendocino.

La decisión nacional llega además en un momento sensible: en julio se lanzó una nueva licitación para privatizar el complejo de cuatro centrales sobre el Atuel, cuyas concesiones originales vencieron hace más de dos años. El operador actual es Hidroeléctrica Los Nihuiles S.A. (HINISA), con participación mayoritaria de Pampa Energía.

Hechos

Ziliotto argumentó en la presentación y en redes que el derecho pampeano no nace solo del decreto derogado. Citó el Acuerdo de 1992 firmado entre el Estado Nacional, Mendoza y La Pampa, homologado por la Corte Suprema, y fallos de 1987, 2017 y 2020 que, según su lectura, ratifican la interprovincialidad del río. Ningún decreto puede anular un acuerdo de partes, escribió. También pidió que se mantenga provisoriamente el esquema anterior hasta que se resuelva la cuestión de fondo, advirtiendo un perjuicio patrimonial y un avasallamiento de autonomías provinciales.

El gobernador Alfredo Cornejo respondió que mezclar la interjurisdiccionalidad del Atuel con el origen de las regalías es confundir dos debates. Sostuvo que la legislación, la jurisprudencia y dictámenes de la Procuración del Tesoro atribuyen las regalías a la provincia donde está la fuente hidroeléctrica. Para generar energía no basta con el agua, necesita pendiente e infraestructura. Y todo eso está en nuestra provincia, marcó, y acusó a La Pampa de judicializar cada decisión mientras Mendoza invierte en obras.

Reacciones y trama judicial

La cautelar se presenta mientras otra causa sobre la validez del régimen de 1973 ya tramita en la Corte: Mendoza, Provincia de c/ Estado Nacional s/ nulidad de acto administrativo - daños y perjuicios. En ese expediente, el propio Estado Nacional pidió citar a La Pampa; la Corte aceptó esa participación el 27 de agosto. Catorce días después, el Ejecutivo dictó el 982/2026 y modificó hacia el futuro el esquema cuya validez está en discusión ante el máximo tribunal. La Pampa usa esa secuencia para reclamar protección inmediata antes de que las nuevas concesiones consoliden hechos difíciles de revertir.

En paralelo, Ziliotto volvió a reclamar el cumplimiento del fallo de 2020 que ordena garantizar el ingreso permanente de agua del Atuel a su provincia, y acusó a Mendoza de mantener el río cortado hacia La Pampa desde hace casi 80 años. Cornejo replicó que es fácil hacer política con un río y convertirlo en slogan, y desafió a la provincia vecina a mostrar qué inversiones hizo para aprovechar el recurso que dice defender.

Cierre

El diferendo combina agua, energía y federalismo fiscal. Del lado pampeano, el foco está en acuerdos homologados, fallos previos y la suspensión cautelar. Del lado mendocino, en la ubicación física de la generación y el argumento de que regalías e interjurisdiccionalidad del cauce no son la misma cosa. En el medio aparece el calendario nacional: un decreto que beneficia a un gobernador aliado en el Congreso, una licitación en marcha y una Corte que otra vez tendrá que decidir si el cambio de reglas puede avanzar mientras el fondo del conflicto sigue abierto.

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