Malvinas: el Gobierno envió al Congreso la Ley de Defensa de la Soberanía Nacional
El Ejecutivo giró a Diputados un proyecto que endurece sanciones por explotación de recursos sin autorización argentina, crea un Consejo de Seguridad Nacional y redefine la Defensa frente a amenazas externas, con Malvinas como eje del reclamo soberano.

El Poder Ejecutivo envió este jueves a la Cámara de Diputados el proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional. La iniciativa, anunciada dos semanas atrás por cadena nacional, busca endurecer el régimen contra la explotación de recursos naturales sin autorización argentina y dotar al Estado de herramientas permanentes de coordinación en seguridad, defensa e infraestructura crítica.
En los fundamentos, el texto se presenta como una materialización del mandato constitucional de recuperar las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, y de los espacios marítimos correspondientes. El Ejecutivo sostiene que la defensa del reclamo soberano exige, además de la vía diplomática y jurídica, capacidades estatales para proteger recursos naturales, el Atlántico Sur y los intereses estratégicos del país.
El Ejecutivo giró a Diputados un proyecto que endurece sanciones por explotación de recursos sin autorización argentina, crea un Consejo de Seguridad Nacional y redefine la Defensa frente a amenazas externas, con Malvinas como eje del reclamo soberano.
Uno de los ejes centrales es ampliar el alcance de la Ley 26.659, hoy centrada sobre todo en hidrocarburos. El nuevo régimen alcanzaría toda actividad no habilitada vinculada al aprovechamiento de recursos naturales, sean o no renovables. Las sanciones administrativas incluyen multas, suspensión o cancelación de habilitaciones e inhabilitaciones por plazos determinados. Para personas jurídicas, las multas previstas van desde el equivalente a 4.000 hasta 500.000 unidades, con inhabilitación de entre cinco y veinte años.
En los casos más graves, el proyecto prevé penas de prisión que pueden llegar a veinte años para quienes realicen prospección o exploración de recursos no renovables en el lecho o el subsuelo del mar territorial o de la plataforma continental argentina sin autorización. También contempla la prohibición de desarrollar actividades económicas en el territorio nacional, la revocación de exenciones impositivas y previsionales, y la resolución de contratos vinculados con el infractor que se ejecuten en el país o tengan por objeto bienes situados aquí.
Otro capítulo crea el Sistema de Seguridad Nacional, con un Consejo de Seguridad Nacional como órgano rector. Ese consejo estaría presidido por el Presidente e integrado por el jefe de Gabinete y los ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía, además del secretario de Inteligencia de Estado y el titular de la Secretaría Legal y Técnica. Su misión sería articular funciones diplomáticas, económicas, cibernéticas, de defensa, jurídicas y de inteligencia, y elaborar una Política de Seguridad Nacional de carácter obligatorio y transversal.
La iniciativa incorpora un régimen específico para identificar y proteger infraestructuras críticas: estructuras físicas, redes o sistemas, públicos o privados, indispensables para servicios esenciales vinculados a la salud, la seguridad, la defensa, la economía o el funcionamiento del Estado. El Consejo debería diseñar una estrategia y un plan nacional de seguridad de esas infraestructuras, y podrá declarar cuáles son de interés nacional.
También aparece una infracción administrativa nueva para actos que afecten o amenacen la seguridad nacional cuando intervengan Estados u organizaciones extranjeras, o personas y empresas que actúen por su cuenta, con su financiamiento o en su beneficio. Las conductas alcanzadas incluyen atentados contra la integridad territorial, interferencias clandestinas o coercitivas en la decisión de autoridades, y el financiamiento de esas acciones. Las sanciones van desde multas hasta la pérdida de créditos, garantías, beneficios fiscales y la inhabilitación para contratar con el Estado nacional.
Un capítulo adicional modifica la Ley de Defensa Nacional 23.554. Redefine la defensa como la función estatal destinada a garantizar de manera permanente la soberanía, la independencia, la integridad territorial y la autodeterminación, y amplía el alcance frente a riesgos y amenazas de origen externo, estatales o no estatales, cinéticos o no cinéticos. Las Fuerzas Armadas deberían prepararse para escenarios convencionales y no convencionales, e intervenir en la protección de infraestructuras críticas identificadas por el Consejo.
El envío al Congreso llega con un pedido explícito de prioridad legislativa. El oficialismo invita a la dirigencia política a pausar otras discusiones y dar celeridad al tratamiento, en un mensaje que refuerza el tono soberano del anuncio. El texto aclara, al mismo tiempo, que la normativa no altera la vocación pacífica del país ni su compromiso con el derecho internacional: sostiene que el reclamo se fortalece con reglas claras, autoridades competentes y capacidades coordinadas para prevenir y disuadir conductas que lo menoscaben.
Con el expediente ya en Diputados, comienza la etapa de comisiones y negociación. El proyecto mezcla endurecimiento penal y administrativo por recursos naturales, arquitectura institucional de seguridad nacional y una relectura de la defensa. El debate legislativo medirá cuánto consenso genera una causa histórica cuando se traduce en sanciones, consejos y facultades de intervención sobre infraestructura crítica.

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