Obra pública: el Gobierno les pagará a los contratistas con bonos y patea dos tercios de la deuda a 2027
Economía autorizó títulos del Tesoro por hasta $221.119 millones para cancelar deudas con contratistas de obra pública acumuladas entre 2022 y 2025. Dos tercios del pago vencen en 2027 y la operación queda fuera del resultado fiscal mensual.

El Gobierno decidió saldar con papeles, y no con pesos, una parte de lo que les debe a las empresas que construyen para el Estado. Por medio de la resolución conjunta 59/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, las secretarías de Finanzas y de Hacienda del Ministerio de Economía autorizaron la ampliación de tres títulos del Tesoro por un valor efectivo de hasta $221.119.509.519 para cancelar acreencias de contratistas de obra pública.
La norma, firmada por el secretario de Finanzas, Federico Furiase, y por el de Hacienda, Carlos Guberman, pone en marcha el pago del Régimen Simplificado de Extinción de Obligaciones de Contratos de Obra Pública, que la Secretaría de Coordinación de Infraestructura había creado a comienzos de julio. La adhesión era voluntaria y las empresas tuvieron plazo hasta mediados de agosto para sumarse.
Economía autorizó títulos del Tesoro por hasta $221.119 millones para cancelar deudas con contratistas de obra pública acumuladas entre 2022 y 2025. Dos tercios del pago vencen en 2027 y la operación queda fuera del resultado fiscal mensual.
Qué deudas entran
El esquema alcanza certificados de obra, acopio de materiales y redeterminaciones de precios correspondientes al período que va del 1° de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2025, además de obligaciones pendientes de contratos de obra pública extinguidos a partir de 2024. Comprende obras de las secretarías de Obras Públicas y de Transporte, incluidas las que tuvieron financiamiento de organismos multilaterales. En agosto, el alcance se había extendido a deudas de Vialidad Nacional por compras de bienes y materiales y por servicios de mantenimiento, conservación y operación de la red vial, del mismo período.
Cuando lanzó el régimen, Economía reconoció la "indisponibilidad de créditos presupuestarios" para afrontar todas las deudas relevadas y vinculó la decisión con la "priorización del objetivo de reordenamiento de las cuentas públicas y restricción del gasto público".
La canasta de bonos
Las empresas no recibirán efectivo sino una canasta de tres instrumentos capitalizables en pesos, que se entregarán a su valor técnico del día hábil anterior a la entrega efectiva:
• 33% en una Lecap con vencimiento el 30 de octubre de 2026, por hasta $60.000 millones de valor nominal original.
• 33% en un Boncap con vencimiento el 15 de enero de 2027, por hasta $51.000 millones de valor nominal original.
• 34% en un Boncap con vencimiento el 30 de abril de 2027, por hasta $60.000 millones de valor nominal original.
Así, dos tercios del pago quedan para el año próximo: si se usara el cupo completo, unos $148.150 millones, medidos al valor de entrega, corresponderían a títulos que vencen en 2027. La autorización no implica que ya se haya entregado toda esa suma ni fija el saldo total adeudado por obra pública. Tampoco identifica a las empresas beneficiarias ni discrimina los montos por obra o según se hayan generado antes o después de la llegada de Javier Milei.
Debajo de la línea
La resolución imputa la operación a "Aplicaciones Financieras", el rubro del presupuesto destinado a cancelar pasivos, que corre por fuera del resultado financiero mensual. Como los bonos son de tipo "cero cupón", los intereses no se pagan mes a mes sino que se acumulan al capital hasta el vencimiento. En la práctica, el costo no aparece como gasto en la planilla fiscal que el Gobierno exhibe como ancla de su programa.
El economista Nicolás Gadano lo planteó en redes sociales: "Al usar títulos que no pagan cupones, el costo financiero no impacta en el resultado fiscal mensual y queda sepultado en la cuenta de financiamiento".
El dilema de las constructoras
Para las empresas, cobrar en títulos abre una decisión: esperar al vencimiento o vender los papeles en el mercado para hacerse de pesos. Como se entregan a valor técnico, que puede diferir de la cotización, una constructora que necesite liquidez para pagar sueldos o proveedores podría terminar obteniendo menos que el monto reconocido.
Además, adherir al régimen exige desistir de reclamos administrativos y judiciales por esas obligaciones, aunque una aclaración posterior dejó a salvo las acreencias que surjan de certificados, ajustes de precios o actos administrativos todavía pendientes al firmar el acuerdo. El esquema prevé sumar a la liquidación los intereses por mora imputable al Estado, según las condiciones de cada contrato.
La medida llega con la inversión pública en niveles muy bajos. Según el Instituto Interdisciplinario de Economía Política (UBA-Conicet), el proyecto de Presupuesto 2027 la llevaría al 0,4% del PBI, un mínimo histórico. Aunque el gasto de capital creció 42% interanual real en agosto, el instituto advirtió que la comparación parte de niveles muy bajos.

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